Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, art. 8 frac-VI-a

El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del municipio de Atengo, Jalisco, es el organismo público descentralizado a que se refieren los artículos 1, del Decreto 13119, en el que el Congreso del Estado de Jalisco, determino su creación y 3, fracción VIII, 26, del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco; de acuerdo a ello, cuenta con patrimonio y personalidad jurídica propios, facultándolo para la promoción y prestación de servicios asistenciales en el municipio; marco jurídico que determina de manera enunciativa, más no limitativa, la funciones que son responsabilidad de este órgano público descentralizado municipal.

Bajo ese contexto, la descripción de las atribuciones quedan definidas, por lo dispuesto dentro del artículo 25 del Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco, así como del Manual de Operaciones aprobado por este Sistema DIF del municipio de Atengo, Jalisco, en el que de manera definida y sectorizada, se otorga a cada una de las Unidades que lo integran, las funciones y atribuciones que le competa en el ejercicio de sus funciones públicas.

Ante esto, la organización del Sistema DIF del municipio de Atengo, Jalisco, así como la manera en que deberá de ejecutarse cada uno de los procesos y la forma en que habrá de brindarse los servicios y programas públicos, se en encuentran definidos dentro de los manuales de organización, procedimientos y servicios, elaborados y aprobados por este organismo público descentralizado municipal, mismos que podrán consultarse dentro del portal de obligaciones de transparencia, en la sección de transparencia, artículo 8, punto 1, fracción IV, incisos c), d), e) y f)